Conflicto con varios secretarios del Ayuntamiento

Fuente: Apuntes para la Historia de Tinajo
Por Inmaculada Rodríguez Fernández

 

El 1 de julio de 1887 resultó elegido como alcalde del Ayuntamiento de Tinajo D. Pedro Martín Tejera. El nuevo alcalde, en el mes de noviembre, exponía ante el resto de los miembros del cuerpo municipal que, desde que se había iniciado la elección para el nuevo Ayuntamiento, el secretario del mismo, D. Francisco Aldana Vega, había demostrado la mayor contrariedad sobre los señores que lo constituían. Opinaba que esa actitud estaría motivada por sus fines particulares en favorecer al partido al que se había ligado. Se encontraba contrariado porque su facción había quedado derrotada.

Dicho secretario había continuado actuando como tal al frente de la corporación. El Sr. Alcalde creía que D. Francisco Aldana había procurado derrotarles por cuantos medios creyó conveniente.

Además, había intentado, según demostraban los hechos, vejar y perjudicar a la institución en todos los asuntos que a ella concernían, así como también a la alcaldía, de quien por ley era secretario nato. El Sr. Alcalde terminaba manifestando que, dado que lo expuesto era público y notorio, ninguna confianza podía inspirar el secretario a la corporación y a la alcaldía. El Sr. Aldana había demostrado, según pensaba D. Pedro Martín, su intención de perjudicarles y favorecer a sus «secuaces», tal como él les consideraba, según demostraban sus actos posteriores. Por todo ello no le era posible al Alcalde continuar por más tiempo desempeñando el cargo bajo la buena fe de una persona que ni la demostraba, ni la tenía, para con la alcaldía y autoridades restantes. Proponía no sólo la suspensión, que por su propia autoridad podía imponer al secretario, sino también la destitución del cargo. Los restantes ediles confirmaron ser ciertas y notorias las causas en las que la alcaldía había fundado su moción, motivo por el cual se adherían a ella. Nombraron, con carácter interino, a D. Juan Andueza Ocampo para que actuara en todo lo concerniente a la corporación y a la alcaldía hasta tanto no se nombrara un secretario en propiedad. Dado que en secretaría existían aún varios trabajos pendientes, el secretario destituido quedaba obligado, en el plazo de dos días, a hacer entrega de toda la documentación a su sustituto, quien daría cuenta al alcalde de haberla recibido , o no. También le exigieron que hiciera entrega, en ese mismo momento, del libro de sesiones, uno de los documentos más necesarios y precisos.
En agosto de 1888, D. Francisco Aldana presentó una instancia en el Ayuntamiento solicitando la liquidación de sus cuentas y que se le pagaran 500 pesetas con 28 céntimos que se le adeudaban por sueldo de secretaría y trabajos. Se le contestó que hallándose la comisión de cuentas liquidando todas las presentadas por el solicitante no se podía, mientras no se terminaran, disponer la entrega de cantidad alguna en descargo de aquellas cuentas, pues se ignoraba el resultado de las mismas y, según los informes, no era muy satisfactorio para él. Tras recibir esta contestación, el Sr. Aldana decidió presentar una reclamación ante el Gobernador civil, cuya res­ puesta fue un oficio, llevado a pleno el 7 de abril de 1889, en el que esa autoridad superior mandaba a la alcaldía que se le pagara algo más de 400 pesetas que le restaban de sus trabajos y sueldo, devengados desde el 1 de julio hasta el 13 de noviembre de 1887. La corporación municipal acordó manifestar al Sr. Gobernador la imposibilidad de poderse levantar las cuentas de ese secretario por la razón de que los antecedentes relativos a las mismas obraban unos en poder del Juzgado de primera instancia del partido , por haber dado lugar a ello la mala dirección que el funcionario municipal les había dado, y los otros en poder de la Comisión provincial, que los había reclamado a consecuencia de las cuentas presentadas por el depositario de fondos de la época.

Un mes después salió publicado en las columnas del periódico El Horizonte una carta escrita por el ex-secretario, D. Francisco Aldana Vega. Varios ediles confirmaban haberla leído. En ella el Sr. Aldana hacía alusión a su comportamiento durante el tiempo que había servido al Ayuntamiento y a las cuentas que pudieran resultar de las intervenciones que manifestaba había presentado ante una comisión. Los que habían leído el escrito opinaban que el ex -secretario había cometido muchas inexactitudes. Solicitaban al Alcalde que contestara, con otra carta que debería publicarse en el mismo periódico, manifestando la verdad de lo ocurrido para evitar que se perjudicara el buen nombre del Ayuntamiento y de la corporación de Tinajo D. Juan Andueza Ocampo fue nombrado como secretario en propiedad el 25 de abril de 1899, teniendo en cuenta sus méritos y su inteligencia .A principios del año siguiente, el 1 de enero, tomó posesión el nuevo alcalde, D. Pedro Tejera Sosa. El 12 de ese mismo mes el Sr. Tejera manifestó ante los miembros del grupo de gobierno municipal que se hiciera constar la desobediencia del secretario dos días antes, cuando le pidió las actas y se negó a entregárselas , poniendo como excusa que las estaba coordinando para ponerle sellos. Al decirle que fuera a buscarlas, o que mandara a alguien a hacerlo, también se negó a cumplir la orden. Las actas que le pedía correspondían a los años 1888 y 1889, porque las necesitaba para examinar los acuerdos tomados en ese periodo. Como no pudo verlas ese día le dijo al funcionario que se las llevara al día siguiente a las ocho de la mañana. Con respecto a esta cuestión los ediles se dividieron en dos grupos. Mientras que el presidente, el Sr. Tejera, D. Pablo Morales, D. Antonio Valenciano, D. José María Toribio y D. Carlos Valenciano Monfort se mostraban partidarios de dar parte al Gobernador civil; por otro lado, D. Pedro Martín Tejera. D. Domingo Santana, D. Nicasio Pérez y D. Pedro Cabrera opinaban lo contrario, que no se debía hacer partícipe a esa superior autoridad de lo ocurrido. Este último grupo aseguraba que al pedirle el Alcalde al secretario que le llevara las actas al día siguiente éste lo había cumplido, cosa que D. Antonio Valenciano manifestó que no era cierta. Ante la situación creada el Sr. Tejera tomó la decisión de pedir que D. Juan Andueza volviera a ejercer como secreta­ rio interino, alegando que cuando se le nombró en propiedad consideraba que se cometieron una serie de irregularidades. No se había publicado el oportuno concurso público que exigía la ley municipal. Por tal motivo consideraba nulo, y sin efecto alguno, el acuerdo tomado por la corporación anterior.
Además, decidieron sacar a concurso público la plaza, teniendo en cuenta para proveerla la actitud y los méritos de quienes se presentaran. Un mes después se vieron las solicitudes de los interesados en cubrir la vacante de secretario en propiedad. La mayoría de los concejales estuvieron a favor de D. Agustín Aldana Spínola, teniendo en cuenta su conducta moral y política. Pero, algunos ediles manifestaron su des­ acuerdo con ese nombramiento , entre ellos D. Pedro Martín Tejera, quien alegaba no estar de acuerdo con esa decisión , como tampoco lo había estado al anunciarse la vacante , pues consideraba que la secretaría se hallaba provista legalmente y con título de propiedad a favor del Sr. Andueza, contando con el beneplácito del Gobernador civil. D. Juan Andueza había sido nombrado secretario en propiedad durante la estancia del señor Tejera Martín al frente de la alcaldía. El ex­ alcalde consideraba ilegal e improcedente la propuesta hecha por la nueva presidencia. A su opinión se sumaron otros tres concejales.
El presidente manifestó que al declarar interino al señor Andueza había estado en su lugar, porque, en su momento, no sólo dejó de publicarse la vacante llamando a concurso, sino que a la sesión donde le nombraron para ocupar la secretaría no asistieron ni el Síndico ni tres concejales más, no porque ellos no quisieran acudir, sino porque no fueron convocados. Opinaba que D. Francisco Aldana debía ser el secretario del Ayuntamiento porque le consideraba apto para el cargo y porque inspiraba confianza a la corporación.
Se pasó a la votación para nombrar secretario en propie­ dad a D. Francisco Aldana Spínola. Cinco de los votos fue­ ron a su favor, mientras que los otros cuatro concejales quisieron votar. Con ese resultado se le declaró secretario en propiedad al señor. Aldana El Ayuntamiento acordó dar a D. Juan Andueza un plazo de ocho días para que entregara, por medio de inventario, los documentos existentes en secretaría. El 23 de febrero se le cumplió el plazo y el presidente comunicó que había mandado al portero para que le dijera al ex secretario que trajera la llave de las Casas Consistoriales para recibir el inventario y entregarlo al nuevo secretario. D. Juan Andueza se negó a obedecer lo que se le ordenaba. El Alcalde, junto con dos testigos, acudió en persona a repetirle lo mismo que por recado se le había dicho, contestándole el ex­ secretario que ni entregaría la llave ni abría la puerta. El Ayuntamiento acordó denunciar el hecho ante los tribunales, acuerdo que contó con la oposición de tres ediles que consideraban que no procedía realizar la denuncia.
El 27 de diciembre de 1868 se reunió la corporación municipal con el objeto de tratar sobre los asuntos concernientes a las elecciones que se iban a celebrar muy pronto. Se comprobó que faltaba el número 144 del Boletín Oficial del Estado, en el cual aparecía todo lo relativo a esas elecciones. Según el auxiliar de la secretaría, D. José María Morales Cabrera, lo había cogido D. José María Cabrera, secretario del ayuntamiento, para estudiarlo y enterarse bien de su contenido. Los ediles, en vista de una falta tan notable y de lo que urgía la presentación de dicho número para concluir los trabajos declaratorios para los comicios, tomaron el acuerdo de solicitar que se hallara sin pérdida de tiempo. El presidente municipal debía dar orden al secretario, que no se encontraba presente en la sesión, para que bajo su más estrecha responsabilidad se presentara en el ayuntamiento y exhibiera el expresado número. Todo ello sería sin perjuicio de acordar en un pleno posterior lo demás que correspondiera.
Al día siguiente se volvieron a reunir para tratar sobre el mismo asunto que en la sesión plenaria anterior y se vio que, respecto al boletín del que se hablaba en ella, que se decía había faltado de la secretaría, se había encontrado en ese mismo lugar en el que tenía que haber estado. Por lo tanto, no tenían culpa que achacarle al secretario. Esa fue la opinión y el voto dado por varios concejales: D. Salvador Cabrera, D. Luís Cabrera, D. Isidoro Fernández, D. Francisco Pérez Guillén y D. Nicolás Figueroa .Todos ellos dijeron que aprobaban el acta anterior. También ese fue el parecer del presi­ dente de la corporación, quien dijo que la aprobaba, pero que no la admitiría hasta que se indagara y se diera cuenta a quien correspondiera. Enseguida se acordó que se separara de la secretaría al auxiliar de la misma, D. José Morales Cabrera, por el hecho de haberse negado abiertamente a auto­ rizar el acta del día anterior, que le correspondía hacerlo a él al encontrarse ausente el secretario del municipio. De dictamen opuesto a lo acordado fueron: D. Salvador Cabrera, D. Luís Cabrera, D. Isidoro Fernández, D. Francisco Pérez Guillén y D. Nicolás Figueroa , quien manifestó que en lo referente a la salida del auxiliar retiraba, por el momento , su voto, hasta tanto que lo consultara y que ya lo daría en la siguiente sesión a la que fueran convocados.

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