Extracción de agua de la mareta pública de Teguise

Fuente: Apuntes para la Historia de Tinajo
Por Inmaculada Rodríguez Fernández

 

El ayuntamiento de Tinajo y los asociados mayores contribuyentes se reunieron en el salón de sesiones con objeto de celebrar sesión extraordinaria el 21 de febrero de 1878. Se vio una comunicación enviada por la alcaldía de Teguise.
En ella se informaba de los acuerdos tomados por aquella corporación y sus asociados sobre el aprovechamiento común del agua de la mareta pública de aquella localidad . Los acuerdos decían:

l.- El derecho de sacar agua era propio de los vecinos de Teguise, San Bartolomé, Tías, Tinajo y el caserío de Argana, y no de ningún otro.
2.- Los interesados podrían sacar dos barricas diarias del modo que más les conviniera, con la única condición de que los que las condujeran en los camellos debían llevar antes otras dos barricas a las casas consistoriales para depositarlas en el aljibe allí existente.
3.- La extracción de agua sería consentida desde las cinco de la mañana hasta las tres de la tarde.
4.- El partícipe que no sacara agua diariamente podría hacerlo el fin de semana, pero solamente de la que le hubiera correspondido en la misma, según la tasa puesta, y si o la sacaba perdería su derecho en cuanto a la semana vencida.
5.- Para el debido cumplimiento de lo acordado, y con el objeto de evitar toda clase de abusos, sería constantemente vigilada la mareta por una guardia de dos vecinos, guarda que se cambiaría cada veinticuatro horas. Esa carga sería obligatoria para todos los vecinos mayores de edad del distrito, entendiéndose sólo uno por familia.
6.- Los infractores serían castigados con una multa que iría desde una peseta hasta cinco pesetas, según la entidad de la falta ajuicio de la alcaldía.
La corporación de Tinajo acordó que en las circunstancias del momento consideraban de absoluta necesidad se convocara una reunión de los pueblos partícipes por medio de sus comisionados con la premura que el caso lo requería, tratándose como se trataba del aprovechamiento común de aguas, líquido del cual se carecía ya en el pueblo en su totalidad y en el que se habían dado, y se seguían dando, casos tan lastimosos que no se podían describir. Consideraban que la corporación de Teguise y contribuyentes asociados al tomar las medidas comunicadas habían sido inspirados por los más nobles sentimientos de filantropía y acertadas y equitativas respecto a los pobres de su localidad. Pero, opinaban que las necesidades de los menesterosos de Tinajo sólo eran conocidas por sus representantes, que serían quienes podrían exponerlas en la citada reunión, reunión que, en obsequio del compañerismo, reclamaban. Junto con los demás individuos que estuvieran presentes en ese encuentro podrían escoger el medio de atender, como se debía, al elevado número de infelices que demandaban la caridad pública antes por pan que por agua.
En ocasiones hubo desencuentros entre los ayuntamientos y vecinos de ambas localidades por asuntos relacionados con la extracción de agua y la limpieza de ese depósito. La alcaldía de Teguise prohibió en determinados momentos a los vecinos de Tinajo el permiso para sacar la tan necesaria agua. Otras veces fueron los moradores de esta localidad los que se negaban a cumplir con la norma de participar en las labores de limpieza.
En enero de 1843 un oficio del ayuntamiento de la Villa expresaba los obstáculos existentes para dar a los vecinos de este pueblo el agua que habían solicitado se les permitiera obtener de la mareta pública de ese lugar. Los ediles manifestaron su disgusto con la medida y dejaron claro que pensaban que al pueblo no se le podía apartar de la indicada mareta. Además, en lo sucesivo, los vecinos estaban preparados para acudir a colaborar en la limpia del depósito cuan­ do fuera necesario y se les requiriera su asistencia.
Desde la alcaldía de Teguise se comunicaba a los habitantes de Tinajo, en oficio leído el 28 de abril de 1850, la obligación de concurrir a participar en las tareas de limpieza.
En caso contrario entenderían que renunciaban a todas las aguadas públicas existentes en aquella jurisdicción. Los ediles decidieron hacerlo saber al vecindario para que colaborara en las labores en la forma acostumbrada. También aprobaron la respuesta que el presidente de la corporación dio al alcalde del municipio vecino al recibir el oficio, haciéndole ver que esa municipalidad no estaba autorizada para declarar semejante destitución, aunque los vecinos del pueblo se negaran a ir a la limpia.
Ese mismo año se designó a D. Rafael Vega como comisionado para la mareta, pero, no admitió el nombramiento que se le había hecho. En su lugar hubo de nombrarse a otra persona, siendo, en esa ocasión D. José Luís de Bethencourt. Desde el Gobierno civil se comunicó, en 1859, que se habían desestimado las medidas tomadas por el ayuntamiento de La Villa prohibiendo a los vecinos del pueblo sacar agua de la mareta pública que radicaba en aquel lugar, porque pertenecía al común de la isla.
El 3 de octubre de 1869 se vieron dos oficios remitidos por el alcalde popular de Teguise para que se obligara al vecindario a acudir a realizar trabajos de limpieza en la mareta que radicaba en aquel lugar. El presidente del municipio tinajero dispuso que se leyeran las comunicaciones a la salida de la misa para que los vecinos tuvieran conocimiento de ellos. Los habitantes del municipio habían manifestado, de una forma regular, que no creían estar en el deber de tomar parte en los trabajos en esos momentos.
Exponían como argumento los abusos cometidos por los vecinos del otro municipio, principalmente el que habían sacado el agua que quedaba en ella y la habían puesto en sus aljibes particulares, ocurriendo todo ello ante la vista y con el consentimiento de aquellas autoridades. Como el presidente no quería resolver por sí solo en un asunto que concernía a todos y era del interés general del vecindario, invitó a los mayores contribuyentes: D. León Bethencourt , D. Domingo Cabrera, D. Pedro Tejera, D. Pedro Martín , D. Rudesindo Curbelo, D. Antonio Martín y D. Isidoro Fernández, para que, asociados al municipio, acordaran lo que creyeran conveniente con respecto al asunto.
Manifestaron que la alcaldía se dirigiera a la autoridad local de la Villa de Teguise manifestándole que consideraban con toda la razón al vecindario para resistirse a tomar parte en la limpia de la mareta por los motivos que se le habían manifestado en una comunicación anterior. También decidieron dar parte al Gobernador civil para que dictara sus superiores disposiciones en un intento de evitar que se siguieran cometiendo abusos por parte de aquellos vecinos y no se les privara a él los del usufructo de aquel depósito de la misma manera que lo hacían los otros. Un mes después la autoridad superior dio su respuesta pidiendo se le remitiera copia del reglamento por el que se regía la extracción de agua de la mareta pública. Se le informó que tal reglamento no existía, pero sí contaban con unos usos y unas costumbres establecidos desde hacía mucho tiempo. En el informe enviado se le hacía saber que la autoridad local de Teguise no había cumplido el orden prescrito para la saca de agua, limpieza del depósito cuando se necesitaba y otras reparaciones que fueran convenientes. Desde el Gobierno civil se les aconsejó que se reunieran y se pusieran de acuerdo con los ayuntamientos de San Bartolomé y Teguise para formular el reglamento en el que basarse para todo lo referente a ese depósito público. Se nombró a los vecinos D. Juan Cabrera Parrilla, D. Domingo Cabrera Valenciano y D. José María Cabrera Betancor como sus representantes a la hora de acudir al encuentro con los compromisarios de los otros dos municipios. El 27 de febrero ninguno de los alcaldes de esas localidades había dado respuesta a la comunicación que se les había dirigido a ambos un mes antes. Se les pedía que, pues­ tos de acuerdo con el de Tinajo, nombraran una comisión que formulara el reglamento ordenado por la autoridad superior. Se acordó volverles a oficiar para que en un breve término de tiempo dijeran lo que se le ofreciera respecto al particular. Si continuaban en el mismo silencio que hasta ese momento se daría parte al Gobernador civil con remisión de los antecedentes sobre el tema.
En junio de 1877 desde la alcaldía de Teguise se informaba a su homónima de Tinajo que había llegado la época en la que se debía limpiar la mareta pública de esa localidad.
Puesto que este pueblo era uno de los partícipes en el aprovechamiento común del depósito proponía al ayuntamiento que designara a una persona que le representara en la reunión convocada para el día 27 de ese mes en sus salas consistoriales con objeto de resolver sobre el particular. Se dispuso nombrar como representante municipal a D. francisco Aldana en todo lo que pudiera ocurrir con referencia a la mencionada mareta. A principios del mes siguiente el Sr. Aldana informó a los ediles de lo acaecido en ese encuentro, donde, después de una detenida deliberación, se determinó que el pueblo de Tinajo ayudara con doscientas prestaciones, cada vez que se necesitara la concurrencia forastera y después de que los ayuntamientos de Tías y San Bartolomé hubieran prestado su colaboración. La corporación mostró su conformidad con lo hecho por su comisionado.

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